SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0116/2004-R
Fecha: 28-Ene-2004
II.4.
II.4. A través de la nota de 28 de abril de 2003 (fs. 7 y 8), la actora formalizó ante el Director del SEDES, la impugnación y solicitud de revocatoria del memorando 006064, y pidió ser restituida en el día en sus funciones. La carta 389/03 de 8 de mayo de 2003 (fs. 9), suscrita por la nombrada autoridad, manifiesta que según el informe del Departamento Legal el recurso de revocatoria no fue interpuesto oportunamente, por lo que no ha lugar al mismo.
La actora pidió aclaración y complementación a dicha carta (fs. 10 a 14), recibiendo la respuesta en la nota 648/03 de 6 de junio de 2003 (fs. 15), en la que el recurrido le indicó que el recurso de revocatoria no fue planteado en los 4 días que establece el art. 30 DS 26319, que reglamenta los recursos contemplados en el Estatuto del Funcionario Público, por una parte, y por otra, le manifiesta que en su file personal no se demuestra que el cargo lo haya obtenido por concurso de méritos.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1.Hechos que motivan el recurso
- I.1.3.Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- sin recibir respuesta alguna de todas estas autoridades, ha agotado las vías administrativas que tenía a su alcan
- III.3.
- no podrá tomar acciones de hecho
- III.4.