Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0120/2004
Fecha: 22-Oct-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente arguye que el Presidente de la República y su Consejo de ministros dictaron el DS 27427 de 31 de marzo de 2004, sin competencia alguna y usurpando la función que el art. 59.1ª de la CPE reconoce al Poder Legislativo, por cuanto se dispone la disminución de rentas de jubilados y derechohabientes hasta un tope máximo de Bs8.000.-, alterando derechos definidos por ley y adquiridos por los afectados. Corresponde analizar si las autoridades recurridas tenían competencia para dictar el Decreto Supremo objetado en la demanda.
- recursos directos de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Personas recurridas y petitorio
- I.2. Admisión y citaciones
- a)
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- sin modificar el contenido de la ley o apartarse de su espíritu, el Poder Ejecutivo puede reglamentarla,
- III.4.
- INFUNDADO