Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1588/2004-R
Fecha: 04-Oct-2004
II.2.
II.2. La Sentencia de 10 de febrero de 1999 (fs. 54 a 58), declaró improbada la demanda y probadas las excepciones perentorias, con costas. En apelación, el Auto de Vista de 14 de mayo de 2001 (fs. 15 y 16) confirmó el fallo de primer grado con costas en ambas instancias. Por Auto Supremo 216 de 15 de junio de 2002 (fs. 18 y 19), declaró infundado el recurso de casación planteado, con costas.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- se constata la existencia de un acto libre y expresamente consentido,
- III.3.
- APRUEBA