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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1592/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1592/2004-R

    Fecha: 04-Oct-2004

    3.

    3.  Remitir antecedentes al Colegio Departamental de Abogados, sobre la actuación negligente, de los defensores que actuaron en este proceso, a los fines consiguientes de ley; así como a la Corte Superior de Justicia, a objeto de que se tomen las previsiones correspondientes, a fin de evitar que los referidos abogados sean designados nuevamente como defensores de oficio.

    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • I.1.3. Autoridades  recurridas  y petitorio
    • i)
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • II.13.
    • III.1.
    • III.2.
    • 3.

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