SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1605/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1605/2004-R

Fecha: 04-Oct-2004

cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación

          Siendo la expuesta una vía expedita que el recurrente tenía para el reclamo de sus derechos supuestamente lesionados, al no haberla utilizado no agotó los medios y recursos que la ley le otorga para la protección de sus derechos y garantías fundamentales, lo que hace que el presente amparo constitucional no cumpla con el requisito esencial de subsidiariedad, el que desarrollado por la jurisprudencia constitucional, establece la improcedencia del recurso de amparo constitucional por subsidiariedad cuando “(...) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así: a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación (...)” (las negrillas son nuestras) (subregla 1) a) de la SC 1337/2003 de 15 de septiembre, aplicable al caso presente por las razones expuestas.