Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1605/2004-R
Fecha: 04-Oct-2004
II.3.
II.3. El 26 de enero de 2004, el recurrente y otros Directores Distritales de Educación, anunciando haber tomado conocimiento de la próxima convocatoria a los cargos que ocupaban, mediante memorial solicitaron a la Prefecta del Departamento de Potosí respeto al compromiso de trabajo firmado el 15 de marzo de 2001, emergente de la Resolución Administrativa Departamental 028/2001 y a la fuerza de ley del mencionado contrato; a lo que mediante proveído de 15 de abril de 2004, los Directores de Desarrollo Social y Jurídico de la Prefectura respondieron que se determinó respetar los contratos mencionados (fs. 11 a 13).