SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1617/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1617/2004-R

Fecha: 06-Oct-2004

i)

La Fiscal recurrida señalo que i) contra los recurrentes existe una denuncia en la que presentó solicitud de medidas sustitutivas a la detención, habiéndose  aplicado la misma sólo a uno de los recurrentes; ii) el plazo señalado por el art. 226 del CPP, corrió desde el 26 de agosto a horas 10:00, en razón de que el ministerio público tuvo conocimiento del hecho, recibiendo la declaración del imputado el 27 de agosto a horas 10:00 y horas 17:30 de ese mismo día presentó a la autoridad jurisdiccional la imputación formal y la solicitud de medidas sustitutivas a la detención; consiguientemente dentro las veinticuatro horas que establece la ley; iii) el co-imputado Walter Montán no se encuentra detenido, en razón a que el día de lo sucedido y al  encontrarse en la PTJ en calidad de arrestado, abandonó el lugar con el argumento de ser médico y aduciendo lesiones.