Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1641/2004-R
Fecha: 11-Oct-2004
III.1.
III.1. El art. 18 de la CPE ha instituido el recurso de hábeas corpus para preservar la libertad de la persona ante cualquier tipo de arbitrariedad e ilegalidad que suprima, restrinja o amenace restringir o suprimir ese derecho fundamental; luego, cualquiera de estos supuestos deben estar estrechamente vinculados con el derecho a la libertad individual, en el entendido de que la tutela que brinda el Estado, con referencia al debido proceso, sólo se da en los casos en los que se vulnera ese derecho, quedando para otros supuestos la protección que da el art. 19 de la CPE.