Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1644/2004-R
Fecha: 11-Oct-2004
II.3.
II.3. El 9 de octubre de 2003, Everth Orellana planteó recurso de apelación contra el Auto de rechazo de los incidentes planteados, y solicitó al Tribunal de apelación revoque dicha Resolución, se anule obrados hasta fs. 6 vta. del expediente original (corresponde al Auto intimatorio de pago) (fs. 147 a 150 y vta). En la misma fecha, 9 de octubre de 2003, el ejecutado, hoy recurrente, presentó solicitud de nulidad de remates y pidió se anule obrados hasta el vicio más antiguo, fs. 55 del expediente original, aclaró además que la solicitud de nulidad de remates no implicaría renuncia a los términos del incidente planteado anteriormente (fs. 152 y vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.