SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1644/2004-R
Fecha: 11-Oct-2004
procedente
Concluida la audiencia, el Juez de Partido y de Sentencia de la provincia Florida, de conformidad con el dictamen fiscal declara procedente el recurso, anulando y dejándose sin efecto el Auto de Vista pronunciado por el Juez recurrido el 30 de diciembre de 2003, debiendo dictarse una nueva resolución resolviendo el fondo del recurso de apelación interpuesto por el recurrente, con los siguientes fundamentos: a) el segundo incidente de nulidad de remate incoado por el recurrente, fue resuelto mediante Auto de 20 de octubre de 2003, en el cual se anuló obrados hasta fs. 55 inclusive y que el primer incidente apelado por falta de citaciones de todas las actuaciones del proceso, fue resuelto con posterioridad a la nulidad del segundo incidente, en consecuencia, no es evidente que este incidente hubiese “caído” dentro de las nulidades establecidas, consecuentemente el Juez recurrido al rechazar el Auto que concede la apelación ha actuado ilegalmente, violando los derechos del recurrente, b) el Juez de alzada recurrido debió circunscribirse a lo dispuesto por la norma contenida en el art. 236 del CPC, es decir, a los puntos resueltos por el inferior y que hubieren sido objeto de la apelación.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.