Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1654/2004-R
Fecha: 14-Oct-2004
Fragmento 8
A través del Auto de 3 de agosto de 2004 (fs. 133 vta.), a solicitud de la demandante, el Juez recurrido aprobó la liquidación de asistencia familiar y dispuso su cancelación dentro de tercero día. Con esta decisión se notificó al recurrente el 13 de agosto, también en Secretaría del Juzgado (fs. 134).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1.Hechos que motivan el recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- Fragmento 8
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la notificación con la conminatoria tiene la finalidad de dar oportunidad al obligado para pagar la obligación pendiente, o en su caso formular las observaciones a la liquidación
- la notificación con la liquidación de asistencia familiar es personal,
- III.2.
- APRUEBA