Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1654/2004-R
Fecha: 14-Oct-2004
II.2.
II.2. A pedido de la demandante por Resolución 188/99 de 5 de noviembre de 1999 (fs. 97), como medidas provisionales se fijó, entre otras, la obligación de pago de asistencia familiar del demandado a favor de la demandante y sus dos hijas de $US1.300.- medida que fue homologada en la Sentencia dictada el 16 de junio de 2000 (fs. 118 a 120), por la que se declaró probada la demanda y disuelto el vínculo conyugal. Con dicho fallo el actor fue notificado en forma personal en La Paz, el 20 de mayo de 2002 (fs. 122), como consta en la diligencia respectiva.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1.Hechos que motivan el recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- Fragmento 8
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la notificación con la conminatoria tiene la finalidad de dar oportunidad al obligado para pagar la obligación pendiente, o en su caso formular las observaciones a la liquidación
- la notificación con la liquidación de asistencia familiar es personal,
- III.2.
- APRUEBA