SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1680/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1680/2004-R

Fecha: 15-Oct-2004

II.5.

II.5. La Oficial de Diligencias del Juzgado Décimo Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de La Paz, informó que el domicilio señalado en la demanda e inserto en el exhorto, no existía por lo que no pudo dar cumplimiento con la instructiva ordenada (fs. 62); en cuyo mérito, el ejecutante por memorial de 19 de septiembre de 2002, solicitó se cite al ejecutado en el domicilio fijado por su apoderado legal ubicado en la Av. El Trompillo 948 de la ciudad de Santa Cruz (fs. 64 y vta.), por lo que el Juez recurrido ordenó se proceda conforme lo solicitado (fs. 65); sin embargo, mediante memorial presentado el 8 de octubre de 2002, José Luis Montero Ortiz señaló ya no ser apoderado del ejecutado (fs. 68), por lo que corrido que fue en traslado, el ejecutante solicitó la citación del ejecutado mediante edicto de prensa conforme al art. 124 del CPC (fs. 69 y vta.), diligencia que previo juramento de desconocimiento de domicilio (fs. 72), se practicó por edictos que cursan de fs. 75 a 77.