SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1680/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1680/2004-R

Fecha: 15-Oct-2004

II.7.

II.7. El 29 de enero de 2003, el Juez recurrido dictó Sentencia, por la cual declaró probada la demanda interpuesta (fs. 79 y vta.); a cuya consecuencia, Camilo Medina Rodríguez y José Ernesto Montero Hurtado, como representantes y apoderados del ejecutado José Enrique Gonzalo Ugalde Canedo -ahora recurrentes-, el 15 de mayo de 2003 interpusieron recurso de apelación contra la Sentencia dictada, fundamentando lo siguiente: a) la nulidad de obrados por inexistencia de notificación con el Auto de reconocimiento de firmas; b) nulidad de trámite de emplazamiento a reconocimiento de firma; c) nulidad de citación por edicto al existir domicilio conocido; d) nulidad de citación por mala publicación de edicto; e) nulidad del proceso ejecutivo por no haberse concluido la medida preparatoria de demanda; f) nulidad de citación por edicto con la demanda ejecutiva; g) nulidad de citación con la Sentencia; h) falta de fuerza ejecutiva; i) falta de personalidad y personería del ejecutante (fs. 86 a 89 vta.).