SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1680/2004-R
Fecha: 15-Oct-2004
III.1.
III.1. El amparo constitucional ha sido instituido como un recurso extraordinario que otorga protección inmediata contra los actos ilegales y las omisiones indebidas de autoridades o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir derechos y garantías fundamentales de la persona, reconocidos por la Constitución y las Leyes.
El Tribunal Constitucional, ha señalado que el amparo constitucional no es una instancia procesal o una vía judicial ordinaria de carácter contencioso, para establecer derechos o responsabilidades o determinar derechos u obligaciones de las partes involucradas en una controversia, por ser una acción tutelar que protege derechos y garantías constitucionales contra los actos ilegales u omisiones indebidas; en suma, es una acción reparadora de derechos humanos.