Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1692/2004-R
Fecha: 25-Oct-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes sostienen que los demandados han vulnerado su derecho a la libertad, al haber procedido a su detención sin orden ni mandamiento alguno, en circunstancia en que se dirigían a su domicilio, con el argumento de haber sido sindicados de ser autores de destrozos en un inmueble y agresión a la hija de sus propietarios, sin considerar que no fueron sorprendidos en flagrancia, al no haberse presentado los supuestos señalados por el art. 230 del CPP. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 18 de la CPE.