SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1692/2004-R
Fecha: 25-Oct-2004
procedente
Concluida la audiencia el Tribunal de hábeas corpus pronuncia Resolución que declara procedente el recurso, más condenación de daños y perjuicios averiguables en ejecución de sentencia, con el fundamento de que se ha evidenciado tanto del informe de la acción directa elaborada por los recurridos como por el contenido de las actas de aprehensión, que los recurrentes no fueron sorprendidos en flagrancia, por lo que su aprehensión sin mandamiento ni orden alguna fue ilegal.
Por lo antes relacionado resulta pertinente otorgar la tutela solicitada porque la situación planteada se halla dentro de las previsiones del art. 18 de la CPE, de manera que el Tribunal de hábeas corpus al haber declarado procedente el recurso, ha efectuado una adecuada compulsa del mismo y dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.