SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1699/2004-R
Fecha: 25-Oct-2004
III.3.
III.3.Con referencia al hecho de que en la audiencia de medidas cautelares intervino el asistente del Fiscal de Materia asignado al caso sin tener facultades para ello, cabe indicar que efectivamente el Fiscal Asistente del fiscal de Materia René Arzabe Soruco participó en dicha audiencia en ausencia de aquél, requiriendo por la detención preventiva de la representada del actor, y dado que el art. 47 de la LOMP prevé que los fiscales asistentes no podrán intervenir autónomamente en las audiencias ni en el juicio, la actuación del Fiscal Asistente no se enmarcó a Ley, habiéndose dispuesto la detención preventiva de la representada en virtud a dicho requerimiento fiscal en forma anómala, aspecto que refrenda la procedencia del presente recurso debiendo reponerse obrados hasta la audiencia de consideración de medidas cautelares inclusive.