SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1739/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1739/2004-R

Fecha: 29-Oct-2004

III.2.

III.2.   En el caso planteado, está demostrado que el Fiscal ha presentado su requerimiento solicitando una salida alternativa de criterio de oportunidad reglada el 13 de septiembre de 2004, solicitando la prescindencia de la acción penal a favor del recurrente, tomando en cuenta que no tiene antecedentes policiales ni judiciales, que es su primer delito, que las lesiones que se le atribuyen no son de gravedad y que no existían daños a resarcir a la víctima; empero, no solicitó como afirma el recurrente que se le otorgue su libertad, y dicho requerimiento debe ser corrido en traslado a la víctima y luego ser analizado para establecer si procede o no, para lo cual debe necesariamente fijarse una audiencia.

            La referida audiencia, señala el recurrente no ha sido fijada inmediatamente lo que lo mantiene en una detención indebida, extremo que no es cierto, puesto que su detención es preventiva y ha sido resuelta por la Jueza recurrida a pedido del Fiscal al inicio de la investigación porque concurrían todos los supuestos señalados en las normas previstas por el art. 233 del CPP con relación a los arts. 234 y 235 del CPP.