SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1746/2004-R
Fecha: 29-Oct-2004
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
El recurrente interpone amparo constitucional contra Tomás Barco Mamani, Alcalde Municipal, Rufino Condori Zárate, Fermín Alvarado Alvarado, Guillermo Martínez Cachi, Presidente, Vicepresidente y Secretario del Concejo Municipal de San Pedro de Curahuara, respectivamente; Liliana Riveros Haydar, Directora General, Renato Ampuero Beltrán, Director General a.i., Patricia Suárez de Ossio, Directora de Operaciones del Tesoro, y María Inés Vera de Ayoroa, Directora General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Hacienda, solicitando se declare procedente y declare la nulidad de las Resoluciones 6, 8 y 9 de 2004 emitidas por el Concejo Municipal, la restitución a su cargo de Alcalde en cumplimiento de la Resolución 15/04 y SC 716/2004-R, la inhabilitación de la firma de Tomás Barco Mamani y la habilitación de su firma ante el Banco de la Unión, y la remisión de obrados al Ministerio Público por los presuntos delitos cometidos que señalan los arts. 153, 154, 157 y 131 del CP.