SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1746/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1746/2004-R

Fecha: 29-Oct-2004

III.5.

III.5. Con referencia a las autoridades del Ministerio de Hacienda recurridas porque los mismos hubieran obrado sin jurisdicción ni competencia al haber dispuesto la inhabilitación de su firma, cabe señalar que conforme lo indicó la SC 707/2004-R, de 11 de mayo de 2004, al referirse a la demanda de tutela para que se proceda al descongelamiento de cuentas, ante la solicitud efectuada por el Director de Operaciones del Tesoro a.i. y la Directora General del Tesoro del Ministerio de Hacienda para que el Gerente de Área del Banco de Crédito S.A. proceda al retiro provisional de la firma autorizada del Alcalde Municipal de Warnes: “correspondía interponer, previamente el recurso de revocatoria, conforme dispone el art. 64 de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA), pidiendo a la misma autoridad, que modifique su determinación, y ante una eventual negativa, interponer el recurso jerárquico, en función a lo previsto por el art. 66 del citado cuerpo legal, para que la autoridad inmediata superior deje sin efecto la determinación impugnada”.

En el caso examinado, el recurrente pretende impugnar las actuaciones del Ministerio de Hacienda sin que antes hubiera acudido ante ellas ni formulado recurso de revocatoria alguno contra una decisión expresa que presuntamente le hubiera vulnerado sus derechos, y tramitado en consecuencia, en la vía administrativa los recursos que la ley le franquea, desnaturalizando así el recurso de amparo, que tiene entre sus características el de ser de naturaleza subsidiaria, es decir, que para ser interpuesto deben agotarse previamente los recursos que a su alcance tiene el recurrente.