SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1781/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1781/2004-R

Fecha: 16-Nov-2004

SC 1334/2001-R, de 17 de diciembre

        SC 1334/2001-R, de 17 de diciembre aprobó también la procedencia del recurso de amparo seguido por Yolanda Mejía Vda. de Martínez por sí y en representación de “Santa Cruz Internacional Duty Free Shop S.R.L.” contra Amparo Ballivián, Presidenta Ejecutiva de la Aduana Nacional y Erwin Bowles Olegaray, Administrador de la Aduana “Viru Viru”, fundamentando lo que sigue: a) la revocatoria de la Resolución RA-PE-03-128-00 de 14 de diciembre por otra dictada por la Aduana Nacional, antes del vencimiento del plazo de un año de duración de la autorización de funcionamiento de la Tienda Libre de Tributos (Duty Free Shop) que dicha entidad emitió, es decir hasta el 14 de diciembre de 2001, implica incurrir en acto ilegal que afecta la seguridad jurídica de la citada empresa; b) la SC 1283/2001-R aprobó el fallo dictado por la Corte de amparo de Santa Cruz que se pronunció por la procedencia del recurso. Accediendo de esa manera también a la reapertura de la referida Tienda comercial.

        Estos fallos constitucionales, no tienen mayor relación con el proceso ordinario que interpuso Yolanda Mejía Vda. de Martínez de nulidad y pago de daños y perjuicios contra SABSA y la empresa “Weitnauer Bolivia” S.A., por cuanto su propia naturaleza jurídica es muy distinta y el objeto y los sujetos demandados son también diferentes, pues constituyen pronunciamientos del Tribunal Constitucional emitidos en recursos extraordinarios que se rigen por lo previsto en los arts. 19 de la CPE y 94 a 104 de la LTC y que resuelven demandas de amparos constitucionales presentadas por la misma Yolanda Mejía Vda. de Martínez buscando la tutela de sus derechos a la seguridad jurídica, al trabajo, a la presunción de inocencia, a la defensa y la garantía del debido proceso, señalados en los arts. 7 incs. a), d), 16. I, II y IV de la CPE, frente a la suspensión y cierre de la indicada Tienda comercial, contra personeros de la Aduana Nacional; en tanto que la demanda referida configura un proceso de conocimiento ordinario de hecho por tratarse de un asunto contencioso sujeto a lo dispuesto por los arts. 316, 327 a 477 del CPC. que reclama la nulidad como el pago de daños y perjuicios por parte de SABSA y de la empresa “Weitnauer Bolivia” S.A.

        Respecto a esta autorización de funcionamiento, cabe destacar que sólo la Aduana Nacional tiene facultad para definir la autorización para el funcionamiento de Tiendas Libres de Impuestos, cual lo establecen los arts. 133 inc. f) de la LGA y 213 de su Reglamento (Decreto Supremo 25870 de 11 de agosto de 2000) y la propia SC 1334/2001-R; mientras que el contrato de arrendamiento de los espacios físicos donde funcionarán tales Tiendas deberá suscribirse con SABSA como empresa concesionaria de la Administración de los Aeropuertos de Bolivia, constituyendo el mismo uno de los requisitos para renovar las autorizaciones de la Aduana Nacional por periodos anuales, cual señala el art. 213 inc. a) del mencionado Reglamento.