SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1786/2004-R
Fecha: 12-Nov-2004
III.3.
III.3. En cuanto a la supuesta falta de notificación con la imputación formal, denunciada por el recurrente, de antecedentes se tiene establecido que a fs. 85 vta., corre la diligencia en la que se consignó que a hrs. 16:05 del viernes 26 de septiembre de 2003, se notificó a Porfirio Rojas Gil con la imputación formal y el decreto correspondiente, quien recibiendo las copias de ley, estampó su firma en señal de constancia, por lo que la afirmación del actor, en sentido de no haber sido notificado con la imputación formal, no es evidente.
Asimismo, respecto a una supuesta falta de notificación al actor con la querella, del informe que el Investigador asignado al caso presentó ante la Fiscal recurrida, se establece que en oportunidad de prestar su declaración en la PTJ, en presencia de su abogada y de la Fiscal demandada -31 de marzo de 2003-, se entregaron al hoy recurrente, copias de la querella presentada en su contra por Laura Soto León, extremo que es corroborado, con la presentación de un memorial por parte del actor el 22 de septiembre de 2003, en el que solicita que se rechace la querella por no haberse presentado prueba dentro de los seis meses posteriores a su interposición, extremo que desvirtúa la afirmación del actor; consiguientemente, al haberse establecido la falta de veracidad de los argumentos referidos y que fundaron el recurso, no corresponde otorgar la tutela demandada.