Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1803/2004-R
Fecha: 22-Nov-2004
recurso de hábeas corpus
En revisión la Sentencia de 16 de octubre de 2004, cursante de fs. 16 a 19, pronunciada por el Juez Tercero de Sentencia en lo Penal del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de hábeas corpus interpuesto por Avir Abelardo Rivero Diez contra William Torrez Tordoya, Fiscal de Materia y Director Funcional de las Investigaciones de la Unidad Operativa de Tránsito, Gonzalo Barba, Comandante de la Unidad Operativa de Tránsito y el coronel Ortiz de Inteligencia, arguyendo la vulneración de los derechos contenidos en los arts. 6.II, 7 incs. b) y g), 9.I, 10, 11 y 16.II de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1.Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- Fragmento 10
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- Reglamento del Código Nacional de Tránsito
- se dio parte inmediatamente al Fiscal “quien decidió su situación por la cesación del arresto después de las 8 horas de detenido” (sic.)
- se presenta una contravención flagrante procede el arresto
- si bien es cierto que los funcionarios, contra quienes se planteó el recurso, carecen de legitimación pasiva para ser recurridos; no es menos evidente que estando debidamente acreditado que el recurrente fue aprehendido, luego detenido indebida e ilegalmente, corresponde otorgar la tutela solicitada,
- por error en la identidad, es dirigido contra una autoridad distinta pero de la misma institución, rango o jerarquía e idénticas atribuciones, a la que cometió efectivamente el acto ilegal, y sólo cuando éste es manifiestamente contrario a la ley y existen los elementos de convicción pertinentes que lo acrediten;