SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1842/2004-R
Fecha: 30-Nov-2004
II.2.
II.2. El recurrente interpuso demanda ejecutiva pidiendo la devolución del capital anticrético, el 30 de marzo de 2004 (fs. 3-4), que fue admitida por el Juez Segundo de Instrucción Mixto de Montero, ocasionando que la ejecutada oponga excepciones de falta de fuerza ejecutiva y litispendencia (fs. 6-7 vta.) en el ejecutante en virtud a que por una parte existía un juicio ordinario interpuesto por ella contra el ejecutante solicitando la nulidad del contrato por simulación el que estaba en trámite y, por otro, el documento de anticresis no era título ejecutivo al no cumplir con las exigencias de los arts. 491 inc.3) y 1430 del CC; habiendo el Juzgador dictado Sentencia de 7 de junio de 2004 que declaró improbada la demanda ejecutiva y probada la excepción planteada por la ejecutada, con el fundamento de que a pesar de que el documento base de ejecución tenía suma líquida y plazo vencido, no adquiere la calidad de instrumento público al no cumplir con las exigencias de los arts. 491 inc.3) y 1430 del CC, por lo que correspondía a la parte ejecutante acudir a la vía ordinaria para hacer valer sus derechos.