SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1842/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1842/2004-R

Fecha: 30-Nov-2004

II.4.

II.4.  Por Auto de Vista de 3 de julio de 2004, el Juez recurrido confirmó la Sentencia apelada, con los siguientes argumentos: 1) sobre el punto de que  el a quo no tomó en cuenta los fallos emanados del Tribunal Constitucional y de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz, no era evidente pues el mismo fallo se basa en Sentencias Constitucionales del Tribunal Constitucional que tienen carácter vinculante; 2) el documento base de ejecución no es un título ejecutivo, pues conforme lo exige el art. 487 inc.1) del Código de procedimiento civil (CPC), el contrato de anticresis debe ser faccionado en  instrumento público protocolizado ante Notario y registrado en Derecho Reales (DDRR); 3) en cuanto al concepto de que el contrato de hipoteca en documento privado reconocido es título ejecutivo, no es aplicable al caso de autos por similitud, por cuanto para el contrato de anticresis existen formalidades legales que deben ser observadas para que sea considerado título ejecutivo.