SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1887/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1887/2004-R

Fecha: 07-Dic-2004

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

En el escrito presentado el 8 de octubre 2004 (fs. 9 a 13), los recurrentes expresan  que el 5 de julio del año en curso fueron imputados por supuesta comisión del delito de falsedad material y uso de instrumento falsificado, aplicándoseles la medida cautelar de detención preventiva. Agregan que posteriormente suscribieron un documento transaccional de reparación del daño con las denunciantes, en cuya virtud el Fiscal asignado al caso requirió la salida alternativa de un criterio de oportunidad señalando que correspondía prescindirse de la persecución penal en mérito a que se trataba de un hecho de escasa relevancia social y que el daño ocasionado había sido reparado en forma íntegra a satisfacción de las denunciantes, quienes en ningún momento objetaron su solicitud, sin embargo, el Juez recurrido rechazó su pedido aduciendo que no se habían cumplido los requisitos de la salida alternativa de criterio de oportunidad.

Es evidente que el juez tiene atribuciones para rechazar el criterio de oportunidad dentro del marco legal, lo que no aconteció en el caso pues la Resolución pronunciada por el recurrido señala que el delito por el que se les juzga no podía considerarse como de escasa relevancia social pues, por una parte, no era un delito de bagatela o leve y, por otra, la pena a imponerse superaba el beneficio del perdón judicial; asimismo hace referencia a la existencia de un supuesto concurso de delitos y al hecho de que no se sabría su verdadera identidad cuando la misma está plenamente demostrada en la investigación. En consecuencia, el Juez recurrido vulneró el debido proceso al exigir requisitos inexistentes en la ley, de ese modo restringió su derecho a la libertad puesto que al no existir un fundamento conforme a derecho para rechazar el criterio de oportunidad su detención se convierte en ilegal.