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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1915/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1915/2004-R

    Fecha: 14-Dic-2004

    II.4.

    II.4.           El Superintendente Tributario Regional Santa Cruz, por decreto de 19 de marzo de 2004 (fs. 33), expresó no haber lugar a lo solicitado, al  no encontrarse prevista en el procedimiento del recurso de alzada, la declinatoria de competencia, “además que conforme a lo establecido por el art. 33 de la Constitución Política del Estado, la Ley (Sentencia Constitucional) no tiene carácter retroactivo”.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1  Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
    • a)
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • decreto de 30 de marzo de 2004
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • III.3.
    • sólo
    • a) La SC 009/2004, de 28 de enero de 2004,
    • b)
    • ex nunc
    • Fragmento 20
    • APRUEBA

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