Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1925/2004-R
Fecha: 16-Dic-2004
II.3.
II.3. Por Auto Motivado de 29 de octubre de 2004, los Jueces Técnicos del Tribunal Primero de Sentencia rechazaron la solicitud de cesación de la detención preventiva solicitada por los recurrentes, por improcedente, arguyendo que los procesados no presentaron ninguna prueba que sustente su petitorio, el tiempo de duración de su detención, ni el estado de la causa, incumpliendo los requisitos previstos en la Circular 21/2000; dispusieron igualmente que las partes den fiel cumplimiento a la referida Circular (fs. 25 a 28).