Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1959/2004-R
Fecha: 17-Dic-2004
procedente
La Resolución 4/2004 cursante de fs. 36 a 40, pronunciada el 3 de septiembre de 2004 por el Juez de Partido y Sentencia de Sica Sica, provincia Aroma del departamento de La Paz, declaró procedente el recurso, con los siguientes fundamentos: a) las autoridades recurridas pese a su legal citación no comparecieron a la audiencia y menos presentaron documento alguno de propiedad o mejor derecho con relación a los recurrentes; b) los actores adjuntaron en calidad de prueba copias de una demanda de usucapión en la que afirman encontrarse en posesión pacífica y continuada por más de 35 años del inmueble objeto de la litis.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- procedente
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- posesión
- a través de prueba correspondiente e idónea
- III.2.
- para solicitar tutela en materia de amparo, la parte recurrente al margen de cumplir estrictamente los requisitos previstos en el art. 97 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), cuando se trata de actos ilegales que recaigan sobre bienes que estén vinculados al derecho de propiedad o de posesión, debe demostrar la inexistencia de discusión o controversia sobre los mismos para legitimar su denuncia en esta jurisdicción