Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1963/2004-R
Fecha: 16-Dic-2004
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El recurrente ratificó los argumentos de su demanda, agregando que se encuentra en libertad por orden del Juez Cautelar, autoridad que concluyó que no concurrían los elementos descritos en el art. 233 del CPP para determinar su detención; sin embargo de este hecho, existe jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que señala que aún cuando el acto ilegal hubiese cesado, se debe analizar el fondo del recurso.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- i)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- formalizará la imputación requiriendo al Juez la detención preventiva dentro de las veinticuatro horas desde que tomó conocimiento de la aprehensión,
- III.4.