Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1973/2004-R
Fecha: 17-Dic-2004
REVOCA
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 18.III y 120.7ª de la CPE y los arts. 7 inc. 8) y 93 de la LTC en revisión REVOCA la Resolución de 15 de noviembre de 2004, cursante de fs. 28 a 29 y vta., pronunciada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba y declara PROCEDENTE el recurso interpuesto, sin responsabilidad por ser excusable.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Gonzalo Peñaranda Taida y Eduardo Guamán Prado, vocales de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba y José Antonio Arze Cortez, Juez Sexto de Partido en lo Penal Liquidador,
- a)
- improcedente
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 10
- III.3.
- REVOCA