SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0168/2004-R
Fecha: 04-Feb-2004
a)
El abogado del recurrente ratifica los términos del recurso planteado y añade: a) el Juez recurrido ha actuado ilegalmente dentro del proceso penal que se le sigue a Ramiro Dulón, por cuanto hace una serie de tergiversaciones fuera de lugar y distintas a los datos y pruebas del proceso, pues concluye afirmando que el procesado no produjo ninguna ofensa ni injuria y lejos de constituir un análisis serio se asemejan a un alegato en favor del querellado; b) sobre la base de las afirmaciones y consideraciones referidas, la autoridad jurisdiccional demandada dictó sentencia absolviendo de culpa y pena a Ramiro Dulón, fallo contra el que apeló, instancia que se lo revocó en parte y dictó resolución condenatoria por el delito de injurias, confirmando la sentencia absolutoria por los otros delitos. Dicho Auto de Vista fue recurrido en casación ante la Corte Superior, cuya Sala Penal Primera lo declaró improcedente y de esta manera la sentencia cobró autoridad de cosa juzgada; c) al iniciarle querella por el delito de prevaricato al Juez recurrido que dictó la sentencia se le solicitó su recusación a la que no se allanó,.