Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0168/2004-R
Fecha: 04-Feb-2004
II.4
II.4 El 11 de abril de 2003, por auto de recusación el Juez Instructor en lo penal Ordinario y Liquidador no se allanó a la recusación (fs. 55). Radicada la misma ante el Juez de Partido Liquidador Cuarto en lo Penal, señaló audiencia pública para el 24 de abril de 2003, la que realizada y escuchada las partes se pronunció el Auto de la misma fecha que desestima el incidente de recusación planteado (fs. 58-60).