Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0237/2004-R
Fecha: 20-Feb-2004
II.4
II.4 El 21 de diciembre de 2001 el adjudicatario solicitó el levantamiento de los gravámenes que pesaban sobre el indicado inmueble (fs. 40), habiendo la Registradora de Derechos Reales evacuado informe de 18 de enero de 2001 en el que consta el gravamen invocado por el recurrente (fs. 41), motivo por el cual el ejecutante solicitó la citación mediante edictos a los acreedores que tengan registradas sus acreencias (fs. 44).