SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0238/2004-R
Fecha: 19-Feb-2004
deportadas de dicho país, en sujeción a las normas que regulan el régimen legal de Migración.
En el caso de autos, las representadas del recurrente, de nacionalidad colombiana, fueron deportadas por el gobierno de España al portar pasaportes falsos, a cuyo efecto, en territorio boliviano, luego de haber sido remitidas por funcionarios de Migración a dependencias de la PTJ y habiendo tomado conocimiento la autoridad fiscal, se ha abierto investigación en su contra por la presunta comisión del delito de uso de instrumento falsificado, al portar pasaportes bolivianos y cédulas de identidad falsos, de lo que se concluye que la detención preventiva dispuesta por el Juez recurrido, fue emergente de la imputación formal realizada en contra de las defendidas del recurrente, previa apertura de investigación, a tenor de lo previsto por el art. 301 inc. 1) CPP, razón por la cual no puede arguirse su falta de competencia, más aún si no existe evidencia de que autoridades españolas las hayan detenido y prevenido competencia, toda vez que fueron deportadas de dicho país, en sujeción a las normas que regulan el régimen legal de Migración.