SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0299/2004 - R
Fecha: 09-Mar-2004
II.1.
II.1. A demanda de Hernán Giovanny Luisaga Soria, presentada el 1 de agosto de 1994, se inició proceso laboral por el pago de Beneficios sociales contra el “Hotel Presidente” de la ciudad de la Paz, donde se pidió se declare probada la demanda y se condene el pago de los beneficios sociales más la aplicación del DS 23381 de diciembre de 2002 (fs. 58 a 59), emitiéndose por el Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social, Sentencia de 2 de octubre de 1995, en la que se declaró probada en parte la demanda, luego fue revocada por Auto de Vista 95/2000 de 21 de abril emitida por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior de la Paz y dispuso el pago de los beneficios sociales demandados, finalmente mediante Auto Supremo 402 emitido por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia, se Casó parcialmente el Auto de Vista y dispuso el pago a favor del actor de sus beneficios sociales señalados en la liquidación de fs. 50 menos el importe de la prima (fs. 1 a 3).