Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0299/2004 - R
Fecha: 09-Mar-2004
improcedente
Concluida la audiencia, la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior de La Paz, en ausencia del representante del Ministerio Público, declaró improcedente el recurso sin multa por ser excusable, con los siguientes fundamentos: a) el Tribunal de garantías constitucionales, no constituye tribunal de revisión de actos procesales ejecutoriados y resueltos en instancias jurisdiccionales, más aún cuando la parte recurrente no usó los recursos que le franquea la ley; y b) el amparo no es sustitutivo de otros recursos ordinarios o extraordinarios ni es vía para subsanar omisiones en las que se incurrió.