Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0306/2004-R
Fecha: 10-Mar-2004
II.4.
II.4. A través de la Resolución de 12 de agosto de 2003, el Concejo Municipal de Tupiza autorizó al Alcalde a proceder a la recuperación del ambiente 7 del Mercado Central, debido a que el adjudicatario, permitió la ocupación del mismo, a terceras personas, infringiendo el Reglamento y Manual de Funciones para Mercados Públicos (fs. 3).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3
- APROBAR, aunque con distinto fundamento,