SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0306/2004-R
Fecha: 10-Mar-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte recurrente arguye que desde hace más de 20 años existe una relación contractual con la Alcaldía Municipal de Uyuni respecto al alquiler del kiosco 7 del Mercado Central, pero que el año 2001, por razones de salud y estudios, el adjudicatario tuvo que ausentarse a otra ciudad, solicitando autorización al Alcalde para que durante su ausencia pueda atender ese kiosco una dependiente, lo que fue expresamente autorizado. Sin embargo, a mediados de 2003 se procedió a la clausura de ese ambiente aduciendo la infracción a la normativa municipal, medida que se mantiene ya durante tres meses, pese a sus reclamos; la Alcaldesa interina recabó orden judicial para proceder a la apertura de ese kiosco, buscando de esta manera el desalojo del mismo. Por consiguiente, corresponde analizar en revisión, si los supuestos actos ilegales son de la Constitución Política del Estado.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3
- APROBAR, aunque con distinto fundamento,