SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0332/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0332/2004-R

Fecha: 10-Mar-2004

a)

El abogado del  recurrente  ratifica los términos del recurso planteado y añade: a)  a pesar de haberse concedido en agosto de 2002 la cesación de la detención  preventiva con la imposición de medidas sustitutivas,  no se pudo cumplir con la fianza económica de Bs4.000.- por la insolvencia económica de su defendido, motivo por el que en el momento de conseguir esa suma recién se solicitó su libertad, que ha sido negada por los recurridos con el pueril argumento de que no tienen competencia para otorgarla debiendo ocurrir ante la autoridad que la concedió;  b) existe jurisprudencia constitucional al respecto y en un caso similar en el  que establece que ante el cumplimiento de las medidas impuestas, la solicitud de libertad es un derecho que le asiste al peticionante y que se debe cumplir por tratarse de una simple formalidad, que de ninguna manera afecta al fondo del proceso.