Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0352/2004-R
Fecha: 16-Mar-2004
II.4.
II.4. El Juez Noveno de Instrucción en lo Penal co-demandado, ratificó la interpelación referida a través de su Auto de 18 de septiembre de 1998 (fs. 5). Cursando la representación del oficial de diligencias de dicho Juzgado en sentido de que intentó notificar al acusado no siendo habido por vez consecutiva, por lo que dejó copia de la querella a su esposa (fs. 6).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3.Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal no sólo analizará la supuesta infracción a los preceptos aludidos en el recurso como violados, sino también la posible infracción a otras normas que tienen conexión con las invocadas por el recurrente
- III.2.
- el actor no fue legalmente citado mediante edicto con la Sentencia que resuelve el fondo de lo demandado