SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0391/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0391/2004-R

Fecha: 17-Mar-2004

a)

El recurrente ratificó la demanda presentada y agrego: a) al haberse producido el allanamiento de su domicilio sin que exista mandamiento de autoridad competente se ha incurrido en la comisión del delito de allanamiento incurso en el art. 298 del Código penal (CP), que se agrava cuando es cometido por funcionarios públicos; b) por certificación de la Jueza Maria Isabel Sosa, se acredita que ella no extendió ningún mandamiento de allanamiento ni secuestro en la localidad de Rumicancha.

En audiencia, la fiscal recurrida Mirtha Arce Camacho, informó lo siguiente: a) el recurrente fue acusado por el delito de tráfico de sustancias controladas y declarado rebelde y contumaz a la ley el 23 de julio de 2003, en cuyo mérito quedó en suspenso el ejercicio de su ciudadanía y se ordenó el secuestro de sus bienes; b) si considera que esos hechos violan su derecho a la propiedad, debió realizar su reclamo oportunamente, situación que no ocurrió por encontrarse prófugo de la justicia, no siendo procedente el amparo por existir otros medios impugnatorios que la ley le franquea; c) el Fiscal está facultado por el art. 186 con relación al 174 del CPP al secuestro de bienes, existiendo además en este caso una resolución expresa que ordena también la aprehensión del hoy recurrente; d) al encontrarse el proceso en conocimiento del Tribunal de Sentencia, solicitó declarar improcedente el recurso con costas a favor del Estado.

A su turno Johan Aguirre Taboada señaló: a) se constituyó junto a su unidad, en el domicilio del recurrente para aprehenderlo, quien intentó huir en una camioneta, pero al verse rodeado se dio a la fuga, habiendo sido detenido por un policía; b) para realizar el registro y secuestro de bienes obtuvieron el permiso verbal del propietario, encontrando un arma de fuego y una balanza para pesar droga, objetos que se encuentran secuestrados; c) no cometieron acto ilegal alguno al haber actuado en cumplimiento de una Resolución de la Jueza Cautelar María Isabel Sosa. Pidió se declare improcedente el recurso.