SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0402/2004-R
Fecha: 23-Mar-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
El 3 de febrero de 2003, suscribió con el Gerente General de AAPOS un contrato privado de trabajo de prestación de servicios a plazo fijo para prestar las funciones de Coordinador de Planificación “con un horizonte de seis meses”(sic), empero el 28 de abril del mismo año por memorando Cite R.H. 111/03, el Gerente General a.i. y el Jefe de Recursos Humanos, le asignaron nuevas funciones como Gerente de Servicios “con un horizonte equivalente al tiempo que dure el proceso de institucionalización”(sic), proceso que aún no está en marcha, por lo que su contrato aún no terminó, luego el 29 de julio de 2003, por memorando Cite No. R.H. 217/03, los Miembros del Consejo Técnico, nuevamente le reasignaron funciones como Gerente de Servicios a.i., asignándole el ítem 66 y, finalmente, el 11 de noviembre de 2003 por memorando Cite R.H. 273/03 el Jefe de Recursos Humanos y el Gerente Administrativo y Financiero con el visto bueno del Gerente General a.i., lo retiraron ilegal e intempestivamente de sus servicios bajo el fundamento de que su conducta se enmarca dentro de las causales previstas en el art. 16 inc. e) la Ley General del Trabajo (LGT) y 9 de su Reglamento, que prevén que puede terminarse el contrato sin lugar a desahucio ni indemnización y que además hubiese cometido delitos previstos en los arts. 161, 163, 200 del Código penal (CP), atribuyéndole hechos que nunca los cometió; sin embargo, para retirarlo no se le instauró un proceso administrativo previo, ni existe un proceso penal que dé lugar a sindicarle dichos delitos.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el Sistema de Administración de Personal,
- 1)
- 2)
- funcionarios de carrera
- diferenciación entre funcionarios de carrera con los funcionarios provisorios,
- III.2.
- III.3.
- APRUEBA