Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0402/2004-R
Fecha: 23-Mar-2004
II.1.
II.1. El 3 de febrero de 2003 el Gerente General de AAPOS, suscribió un contrato privado de prestación de servicios con el recurrente para que desempeñe las funciones de Coordinador de Planificación, por el lapso de seis meses, en el que se determinó que era un contrato civil enmarcado dentro de lo establecido por los arts. 732 y siguientes del CC, con un salario mensual de Bs2.700.- y sujeto al pago de impuestos al RC-IVA, siendo inaplicables las regulaciones laborales (fs. 2).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el Sistema de Administración de Personal,
- 1)
- 2)
- funcionarios de carrera
- diferenciación entre funcionarios de carrera con los funcionarios provisorios,
- III.2.
- III.3.
- APRUEBA