Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0432/2004-R
Fecha: 24-Mar-2004
APRUEBA
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19. IV y 120.7ª de la CPE y arts. 7 inc. 8ª) y 102.V de la LTC, en revisión APRUEBA la Resolución de fs. 21, pronunciada el 22 de diciembre de 2003 por el Juez de Partido y de Sentencia Tercero de Bermejo del Distrito Judicial de Tarija.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2. Resolución que ordena se subsanen omisiones de forma
- rechazó
- II.1
- II.3
- III.1
- Los defectos formales podrá subsanar el recurrente en el plazo de cuarenta y ocho horas de su notificación sin ulterior recurso
- III.2
- III.3
- APRUEBA