Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0473/2004-R
Fecha: 30-Mar-2004
II.3.
II.3. Por providencias de 10 de febrero de 2004, el Juez recurrido señaló que la SC 1096/2003-R, establece que para acreditar el cumplimiento del arraigo se debe exigir una certificación por la que conste que se ha procedido a su correspondiente registro, de modo que no exista ninguna posibilidad de que el procesado pueda salir del país; que, en tal sentido, los imputados deben acompañar la certificación respectiva con carácter previo a expedir los mandamientos de libertad solicitados (fs. 5, 10 y 15).