Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0473/2004-R
Fecha: 30-Mar-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte recurrente sostiene que una vez que el Juez recurrido les impuso medidas sustitutivas a la detención preventiva, entre ellas el arraigo, cumplieron a cabalidad con ellas, pero esa autoridad judicial se niega a expedir los mandamientos de libertad correspondientes con el argumento de que previamente deben presentar el certificado del arraigo, que aún no se franquea por razones de burocracia institucional. En consecuencia, corresponde determinar en revisión, si los hechos demandados se encuentran dentro del ámbito de protección del art. 18 de la CPE.