SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0031/2004
Fecha: 07-Abr-2004
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a) Las propuestas de bienes de fabricación nacional, cuyo porcentaje de componentes nacionales (insumos y mano de obra), sea igual o mayor al treinta por ciento (30%) del costo bruto de producción, de acuerdo con las normas de origen establecidas por la Organización Mundial de Comercio; siempre y cuando esto se haya especificado en el Pliego de Condiciones. El factor numérico de ajuste aplicado al precio de oferta evaluado será de cero punto ochenta y cinco (0.85) para los bienes que cumplan este requisito.
b) Las propuestas de bienes cuyo plazo de entrega sea el menor, tendrá un factor numérico de ajuste de cero punto nueve (0.9). Las propuestas restantes aplicarán un factor numérico de ajustes entre cero punto nueve (0.9) y uno (1) de manera lineal en función del tiempo, correspondiendo el factor de ajuste numérico igual a uno (1) a la propuesta de mayor plazo o al plazo máximo especificado en el Pliego de condiciones, cualquiera sea el menor.
- recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
- I.1. Contenido del recurso
- prevalecerán sobre cualquier norma interna,
- libre competencia”
- Juan Evo Morales Ayma y Antonio Peredo Leigue, Diputados Nacionales
- 38 a 47 vta.
- (fs. 54),
- (fs. 4439)
- b) Igualdad:
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- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- INFUNDADO