SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0034/2004
Fecha: 13-Abr-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente interpone el presente recurso directo de nulidad impugnando el Auto de 3 de enero de 2004 y pide se declare su nulidad argumentando, que el Juez recurrido dictó dicha resolución judicial sin jurisdicción ni competencia, arrogándose una atribución que no le compete, en directa violación al principio y garantía de la preclusión y la seguridad jurídica, de los fallos pasados en autoridad de cosa juzgada que deben ser ejecutados sin alterar su contenido. Corresponde en consecuencia, analizar lo planteado y determinar si la autoridad judicial recurrida al haber dictado la Resolución cuestionada actuó con jurisdicción y competencia, o por el contrario, incurrió en los actos previstos por los arts. 31 de la CPE y 79.II de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), a fin de declarar fundado o infundado el recurso.